Convocatorias

Última modificación 05/01/2024

Ayudas a Proyectos de Colaboración Público-Privada 2023

DATOS DE CONTACTO
(Sólo para personal IdISSC)

  • Plazo presentación FIBHCSC: 12 de febrero.

  • FINANCIADOR

    Agencia Estatal de Investigación

  • FINANCIACIÓN

    Presupuesto convocatoria 320.000.000€

Ámbito: Nacionales
Tipo: Públicas
Área: Proyectos de I+D+i
Entidad Financiadora: Agencia Estatal de Investigación

Características

Convocatoria lanzada por la Agencia Estatal de Investigación, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023, destinada a financiar proyectos de desarrollo experimental en colaboración entre empresas y organismos de investigación.

 

Las ayudas objeto de esta convocatoria tienen como finalidad avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnologías, productos y servicios, creando el contexto adecuado que estimule la generación de una masa crítica en I+D+i de carácter interdisciplinar para su aplicación, transferencia, búsqueda de soluciones y generación de resultados tanto en las trayectorias tecnológicas y de innovación de las empresas como en el mercado.

Asimismo, con estos proyectos se pretende movilizar inversión privada, generar empleo y mejorar la balanza tecnológica del país, así como reforzar la capacidad de liderazgo internacional del Sistema Español de Ciencia Tecnología e Innovación y de sus agentes, contribuyendo a mejorar la competitividad del tejido empresarial.

 

Las prioridades temáticas de la convocatoria vienen definidas por el Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023 y son las siguientes:

  1. Salud.
  2. Cultura, creatividad y sociedad inclusiva.
  3. Seguridad para la sociedad.
  4. Mundo digital, industria, espacio y defensa.
  5. Clima, energía y movilidad.
  6. Alimentación, bioeconomía, recursos naturales y medio ambiente.

 

Modalidad de las ayudas:

  • Los organismos de investigación públicos y privados recibirán las ayudas en la modalidad de subvención del 100% de los costes.
  • Las empresas y asociaciones empresariales recibirán las ayudas en la modalidad de préstamo, de hasta el 95% dependiendo el tipo de entidad. En el caso de que la ayuda se destine a cubrir el gasto de la entidad para nuevas contrataciones, con carácter indefinido, de investigadores con el grado de doctor destinados a la ejecución del proyecto, esta será en forma de subvención.
  • Las empresas pertenecientes al sector público recibirán las ayudas en forma de subvención con una intensidad máxima del 40%.

La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 320.000.000 de euros, siendo 80.000.000 de euros en forma de subvención,60.000.000,00 euros en forma de anticipo reembolsable FEDER y 180.000.000 de euros en forma de préstamo. La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias, con un presupuesto mínimo por proyecto de 400.000 euros. El presupuesto financiable por empresa y proyecto se limitará a un máximo de 15 millones de euros.

Requisitos

Requisitos de los Solicitantes:

Podrán tener la condición de beneficiarios las siguientes entidades, siempre y cuando estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España:

  • Organismos públicos de investigación (OPIs).
  • Universidades públicas y sus institutos universitarios.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados.
  • Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
  • Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
  • Centros privados de I+D+i, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
  • Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.
  • Asociaciones empresariales sectoriales.
  • Centros públicos de I+D+i de investigación agraria o alimentaria dependientes de las comunidades autónomas integrados en el sistema INIA-CCAA.
Requisitos del consorcio

El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatorio que una de las entidades participantes sea un organismo de investigación público o privado y que otra sea una empresa.

El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa, que actuará como solicitante de la ayuda y como interlocutor único con el órgano concedente. No obstante, se podrá nombrar como coordinador técnico del proyecto a otra de las entidades participantes. Si no se eligiese a ningún coordinador técnico se entenderá que el representante de la agrupación asume las tareas de coordinación técnica.

La participación mínima por entidad será del 10 % del presupuesto total del proyecto. Para ser entidad participante en la agrupación, se deberá presentar presupuesto y solicitar ayuda.

La suma de los porcentajes de participación empresarial deberá ser, al menos, del 51 % del presupuesto total presentado, sin que ninguna entidad corra por si sola con más del 70 % de dicho presupuesto. Por lo tanto, la suma de los porcentajes de participación de organismos de investigación podrá ser, como máximo, del 49%. 

Cómo se solicita

Documentación necesaria:

Junto al formulario de solicitud, se aportará, en formato electrónico, los siguientes documentos:

  • Memoria técnica del proyecto. La memoria será un documento único que deberá limitarse a un número máximo de 40 páginas con el contenido descrito en el anexo V de la resolución de la convocatoria. La aplicación de solicitud no admitirá memorias técnicas con una extensión superior a la fijada. La memoria técnica se presentará en inglés (recomendado) o en español.
  • Adenda de la memoria para las entidades que estén obligadas a ello conforme a lo establecido en el anexo VI de la resolución de la convocatoria, con el contenido de carácter económico y complementario recogido en el mismo.

 

Presentación de solicitudes:

La cumplimentación y presentación de la solicitud de ayudas, así como de toda la documentación requerida, se realizará obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación, donde estará disponible la aplicación para cumplimentar la solicitud de ayuda al iniciarse el plazo de presentación de la misma.

Documentos descargables