Ámbito: Nacionales
Tipo: Públicas
Área: Proyectos de I+D+i
Entidad Financiadora: Instituto de Salud Carlos III
Características
El objeto de esta actuación es financiar proyectos de carácter aplicado para incrementar el grado de madurez de su desarrollo tecnológico en alguna de las siguientes modalidades:
- Proyectos de Pruebas de Concepto (PdC) (dos años): serán susceptibles de financiación aquellos proyectos enfocados a la validación de ideas, de calidad contrastada, que tengan por objetivo alcanzar un valor de 3 o 4 en términos de madurez tecnológica en relación a la escala TRL (del inglés Technology Readiness Level), es decir, persigan el desarrollo y validación de dicha idea a nivel de laboratorio.
- Proyectos de Validación tecnológica de prototipos (VTP) (tres años): serán susceptibles de financiación aquellos proyectos, de calidad contrastada, que partiendo de una idea previamente validada persigan alcanzar un valor de 5 o 6 en términos de madurez tecnológica en relación a la escala TRL, es decir, persigan desarrollar y validar un prototipo en un entorno relevante.
Podrán presentarse las siguientes modalidades de proyectos:
- Proyectos individuales: presentados por una entidad solicitante y a ejecutar por un equipo de investigación liderado por un investigador principal responsable. Tendrán especial consideración para su evaluación los proyectos dirigidos por personal investigador emergente (nacidos en 1980 o fecha posterior).
- Proyectos coordinados: constituidos por dos o más subproyectos, que deberán justificar adecuadamente en la memoria la necesidad de dicha coordinación para abordar los objetivos propuestos, así como los beneficios esperados de la misma. Cada subproyecto tendrá su equipo y un investigador principal. Uno de los investigadores principales actuará como coordinador y será el responsable del desarrollo del proyecto.
Será obligatoria la participación en el proyecto de empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos, sin que dicha participación suponga ningún tipo de ayuda directa a las mismas con cargo a las subvenciones que pudieran ser concedidas en esta convocatoria.
Requisitos
Requisitos de los Solicitantes:
Las siguientes personas jurídicas, siempre que realicen o gestionen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud:
- Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial (IIS).
- Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial.
- Las entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad sanitaria, pero con actividad de I+D+I demostrable en el área de conocimiento de Salud Pública.
- Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad sanitaria, con licencia de actividad sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS.
- Los OPI (Organismos Públicos de Investigación).
- Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
- Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008
- Otros centros públicos de I+D, de investigación y de difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación, con personalidad jurídica propia vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos.
- Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.
- Los consorcios públicos y los consorcios públicos estatales con actividad en I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
- Otras unidades de la Administración sanitaria.
Requisitos del IP:
- Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, de las citadas anteriormente, y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo de presentación de solicitudes y la resolución definitiva de concesión. Si con posterioridad a la notificación de la resolución de concesión, el investigador principal pierde la vinculación, el centro beneficiario deberá proceder a solicitar un cambio de investigador principal o de centro
- No estar realizando un programa de FSE, ni un contrato de formación predoctoral ni un Contrato Río Hortega.
Requisitos de los investigadores
Los restantes miembros del equipo de investigación deben:
- Tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria, laboral o de formación remunerada con cualquiera de las entidades que pueden ser solicitantes de esta actuación, como mínimo, durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.
- La expectativa de nombramiento o contratación por parte de la entidad beneficiaria con motivo de haber superado un procedimiento público de selección de personal en concurrencia competitiva se considerará vinculación suficiente.
- En casos excepcionales, cuando su contribución se considere necesaria para la viabilidad del proyecto, los equipos de investigación podrán incorporar personal cuya vinculación contractual sea con entidades sin domicilio social en España (siendo entidades elegibles en la convocatoria, indicadas en el apartado anterior) y que podrán suponer hasta un máximo del 25% del equipo investigador.
Cómo se solicita
La forma de presentación de la solicitud y restante documentación será exclusivamente mediante la sede electrónica del ISCIII.
Los formularios de solicitud únicamente requerirán la firma del representante legal de la entidad solicitante, quien recabará las firmas del resto de personas interesadas, responsabilizándose de su custodia y veracidad.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
Forman parte integrante de la solicitud de la solicitud y no podrán ser mejorados a posteriori:
- Formulario de solicitud.
- Memoria del proyecto de investigación en castellano o en inglés empleando exclusivamente el modelo normalizado correspondiente a la LEIS 2025.
- Currículum Vitae Abreviado (CVA) en castellano o en inglés, generado de forma automática desde el editor CVN o desde cualquier institución certificada en la norma CVN de la FECYT que ofrezca el servicio CVA, de los investigadores principales.
- No serán financiables los gastos para la contratación de personal ni el mantenimiento de los derechos de propiedad industrial y/o intelectual.
En los proyectos coordinados, se presentará una solicitud completa por cada uno de los subproyectos.
Además, las solicitudes deberán ir acompañadas de (documentación subsanable):
- Currículum Vitae Abreviado (CVA) en castellano o inglés, generado de forma automática desde el editor curricular de la FECYT o desde cualquier institución certificada en la norma CVN de la FECYT que ofrezca el servicio CVA-ISCIII, del resto de los miembros del equipo investigador.
- Documento de Interés Empresarial (DIE) en modelo normalizado, que acredite la colaboración y vinculación con empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos, si aplica.
- En los proyectos coordinados y multicéntricos con varios centros beneficiarios se deberá cumplimentar, además, el informe de coordinación en modelo normalizado.
Encontrará los Modelos para la presentación de solicitudes en este enlace (Pendiente de publicación).
Cómo se evalua
A. Valoración del equipo de investigación: hasta 30 puntos.
- Resultados previos obtenidos y grado de protección a nivel industrial e intelectual de los mismos en relación a la propuesta presentada. Hasta 15 puntos. No serán financiados proyectos con menos de 10 puntos en este apartado.
- Currículum del investigador principal y del equipo de investigación en relación con la temática del proyecto (proyectos, publicaciones, patentes y contratos/convenios con terceros). Hasta 8 puntos.
- IP es personal investigador joven (con fecha de nacimiento en el año 1980 o posterior). Hasta 2 puntos
- Participación en programas internacionales de I+D+i. Hasta 5 puntos.
B. Valoración del proyecto: hasta 70 puntos.
- Calidad: Novedad, originalidad e innovación de la propuesta. Adecuación metodológica a los objetivos propuestos. Existencia de un plan de desarrollo adaptado al nivel de madurez tecnológica a alcanzar. Existencia de una estrategia para la protección industrial e intelectual de los resultados generados. Existencia de un análisis de mercado para su transferencia a la práctica clínica asistencial. Hasta 30 puntos.
- Viabilidad: Adecuación en la composición del equipo a la propuesta; plan de trabajo, distribución de tareas y cronograma; infraestructuras disponibles y capacidad de gestión; adecuación del presupuesto solicitado a los objetivos del proyecto; plan de gestión de riesgos. Hasta 15 puntos.
- Relevancia, aplicabilidad y capacidad de trasferencia de resultados: Relevancia clínica de la propuesta. Impacto en salud (incremento en efectividad diagnostica o terapéutica, aumento de la calidad de las nuevas prestaciones). Impacto económico (optimización en la utilización de recursos, mayor eficiencia). Impacto social (consideración de las prioridades sociales, plan de difusión de resultados a la sociedad). Existencia de un programa de trabajo con la/s empresa/s que firmen el Documento de Interés Empresarial para su transferencia. Hasta 15 puntos.
- Adecuación a los objetivos y finalidad de la convocatoria: Complementariedad con otras actuaciones de I+D+I nacionales, internacionales o autonómicas. Capacidad para generar sinergias y fortalecer las capacidades científico-técnicas de los centros asistenciales del SNS y con el tejido empresarial. Hasta 10 puntos.
Estos criterios de evaluación contendrán los siguientes factores de corrección de discriminación positiva que solo podrán aplicarse a las propuestas que alcancen una puntuación mayor o igual a 20 puntos en el apartado B.a) Calidad:
- Podrá aumentar hasta 2 puntos aquellas solicitudes en las que se haya acreditado que el IP tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- podrá aumentar hasta 2 puntos aquellas solicitudes presentadas por una persona investigadora principal joven (con fecha de nacimiento en el año 1980 o posterior) que además cumpla las siguientes características:
- Ha completado una ayuda de RR.HH. de los programas Ramón y Cajal, Torres Quevedo, Juan de la Cierva incorporación o Miguel Servet o atracción de talento de las CC.AA.
- Ha obtenido financiación con anterioridad del Consejo Europeo de Investigación (ERC).
Régimen de Incompatibilidades
- Los investigadores principales y los colaboradores no podrán figurar en más de una solicitud de esta actuación.
- No podrán participar los investigadores principales y los colaboradores de proyectos de desarrollo tecnológico en salud concedidos y en ejecución de la convocatoria AES 2024, independientemente de la modalidad del proyecto solicitado, ni los proyectos de desarrollo tecnológico en salud, modalidad de proyectos de validación tecnológica de prototipos de la AES 2023.
- Los investigadores principales y los colaboradores de esta actuación no podrán figurar en una solicitud de proyectos de investigación clínica independiente.
- Ni el investigador principal ni los colaboradores de esta actuación podrán figurar en los equipos de proyectos financiados en ejecución de los Proyectos de investigación clínica independiente de las convocatorias 2022, 2023 y 2024.
- Las bajas presentadas después de finalizar el plazo de presentación de solicitudes a esta actuación no servirán para subsanar la incompatibilidad, tanto para los investigadores principales como para los restantes miembros del equipo.
- El incumplimiento por parte del investigador principal del régimen de incompatibilidades determinará la exclusión de todo el equipo de investigación, la inadmisión de la solicitud y la no valoración del proyecto.
- El incumplimiento del régimen de incompatibilidades por parte de alguno de los restantes miembros del equipo de investigación determinará su exclusión de todas las solicitudes en las que figure, salvo que renuncie a alguna en el plazo de subsanación