Ámbito: Nacionales
Tipo: Públicas
Área: Proyectos de I+D+i
Entidad Financiadora: Instituto de Salud Carlos III
Características:
Convocatoria para la financiación de proyectos de I+D+I en salud, como principal fuente de soporte a la investigación realizada dentro del SNS y en los centros de investigación vinculados a su ámbito.
Serán financiados aquellos proyectos, de calidad contrastada, que tengan como objetivos principales:
- La transferencia y aplicación del conocimiento científico-técnico a la mejora en la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y en las actividades de promoción de la salud pública y los servicios de salud.
- Fomentar las sinergias, impulsar el talento y la empleabilidad y fortalecer las estructuras de gobernanza que agregan las capacidades científico-técnicas de los centros asistenciales del SNS.
- Promover la financiación del primer proyecto de investigación, de calidad contrastada, de investigadores emergentes. A estos efectos se considerarán emergentes las personas nacidas en 1977 o fecha posterior.
Podrán presentarse las siguientes modalidades de proyectos:
- Proyectos individuales: presentados por una entidad solicitante y a ejecutar por un equipo de investigación liderado por uno o por dos investigadores principales responsables.
- Proyectos coordinados: constituidos por dos o más subproyectos, que deberán justificar adecuadamente en la memoria la necesidad de dicha coordinación para abordar los objetivos propuestos, así como los beneficios esperados de la misma. Cada subproyecto tendrá su equipo y un investigador principal. Uno de los investigadores principales actuará como coordinador y será el responsable del desarrollo del proyecto
- Proyectos multicéntricos: realizados de acuerdo a un protocolo único, en más de un centro. En este tipo de proyectos, se podrá optar por una de las posibilidades siguientes
- Multicéntrico con un centro beneficiario de la ayuda: presentar una única solicitud por el centro al que esté vinculado el investigador principal, que actuará como coordinador, figurando en un mismo equipo todos los investigadores colaboradores, con independencia del centro desde el que participen.
- Multicéntrico con varios centros beneficiarios: Presentar una solicitud por cada uno de los centros participantes, con un investigador principal y un equipo de investigación por cada solicitud presentada. Uno de los investigadores principales actuará como coordinador y será el responsable de la coordinación científica y del seguimiento del proyecto.
Requisitos:
Requisitos de los Solicitantes:
Las siguientes personas jurídicas, siempre que realicen o gestionen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud:
- Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial (IIS).
- Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial.
- Las entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad sanitaria, pero con actividad de I+D+I demostrable en el área de conocimiento de Salud Pública.
- Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS.
- Los OPI (Organismos Públicos de Investigación).
- Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
- Otros centros públicos de I+D, de investigación y de difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación, con personalidad jurídica propia vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos.
- Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.
- Los consorcios públicos y los consorcios públicos estatales con actividad en I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
- Otras unidades de la Administración sanitaria.
Cuando el desarrollo del proyecto así lo requiera se podrán vincular empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos, sin que dicha participación suponga ningún tipo de ayuda directa a las mismas con cargo a las subvenciones que pudieran ser concedidas en esta convocatoria.
Requisitos del IP:
- Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, de las citadas anteriormente, y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo de presentación de solicitudes y la resolución definitiva de concesión.
- No estar realizando un programa de FSE, ni un contrato de formación predoctoral o de perfeccionamiento postdoctoral de cualquier naturaleza (Contratos Sara Borrell, Juan de la Cierva, o contratos de programas de las Comunidades Autónomas), ni un Contrato Río Hortega.
Los proyectos individuales podrán tener uno o dos investigadores Principales (IP y co-IP) . Tendrán especial consideración los proyectos dirigidos por dos investigadores principales que indiquen en la memoria de solicitud su voluntad de iniciar un proceso de transición de liderazgo entre ambos al encontrarse uno de ellos próximo a la jubilación. En estos proyectos el co-IP será la persona senior mientras que el IP será la persona hacia la que se realiza la transición.
En los proyectos coordinados y en los multicéntricos no cabe la posibilidad de que participe un co-IP, únicamente puede contar con una persona en calidad de IP.
Requisitos de los investigadores
Los restantes miembros del equipo de investigación deben:
- Tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria, laboral o de formación remunerada con cualquiera de las entidades que pueden ser solicitantes de esta actuación, como mínimo, durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.
- La expectativa de nombramiento o contratación por parte de la entidad beneficiaria con motivo de haber superado un procedimiento público de selección de personal en concurrencia competitiva se considerará vinculación suficiente.
- En casos excepcionales, cuando su contribución se considere necesaria para la viabilidad del proyecto, los equipos de investigación podrán incorporar personal cuya vinculación contractual sea con entidades sin domicilio social en España (siendo entidades elegibles en la convocatoria, indicadas en el apartado anterior) y que podrán suponer hasta un máximo del 25% del equipo investigador.
Cómo se solicita:
La forma de presentación de la solicitud y restante documentación será exclusivamente mediante la sede electrónica del ISCIII.
Los formularios de solicitud únicamente requerirán la firma del representante legal de la entidad solicitante, quien recabará las firmas del resto de personas interesadas, responsabilizándose de su custodia y veracidad.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
Forman parte integrante de la solicitud de la solicitud:
- Formulario de solicitud.
- Memoria del proyecto de investigación en castellano o en inglés empleando exclusivamente el modelo normalizado correspondiente a la AES 2022.
- Currículum Vitae Abreviado (CVA) en castellano o en inglés, generado de forma automática desde el editor CVN o desde cualquier institución certificada en la norma CVN de la FECYT que ofrezca el servicio CVA, de los investigadores principales.
En los proyectos coordinados y multicéntricos con varios centros beneficiarios, se presentará una solicitud completa por cada uno de los subproyectos.
Además, las solicitudes deberán ir acompañadas de (documentación subsanable):
- Currículum Vitae Abreviado (CVA) en castellano o inglés, generado de forma automática desde el editor curricular de la FECYT o desde cualquier institución certificada del resto de los miembros del equipo investigador.
- Documento de Interés Empresarial (DIE) en modelo normalizado, que acredite la colaboración y vinculación con empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos, si aplica.
- En los proyectos coordinados y multicéntricos con varios centros beneficiarios se deberá cumplimentar, además, el informe de coordinación en modelo normalizado.
Criterios de evaluación:
A. Valoración del equipo de investigación: hasta 30 puntos.
Se valorará: historial científico (proyectos, publicaciones y patentes) del investigador principal y del equipo de investigación en relación con la temática del proyecto; participación en programas internacionales de I+D+I; calidad y liderazgo; capacidad formativa del investigador principal y del equipo y financiación obtenida de recursos humanos en convocatorias competitivas; resultados previos obtenidos en el ámbito de la propuesta; trayectoria contrastada o potencial del investigador principal y del equipo de investigación en el desarrollo de actividades de I+D+I en el marco de la AES. En el caso de que se haya optado por la figura de proyecto de transición de liderazgo entre un IP y un co-IP se tendrá en especial consideración la trayectoria del co-IP así como la oportunidad estratégica de la transición.
B. Valoración del proyecto: hasta 70 puntos.
Los proyectos deberán enmarcarse en las áreas temáticas y en una o varias de las líneas prioritarias descritas en el Artículo 4.2 de la Resolución de la convocatoria.
Se valorará: calidad, viabilidad, relevancia, interés, aplicabilidad y capacidad de transferencia del proyecto; capacidad del proyecto para generar mejoras en la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y en las actividades de promoción de la salud pública y los servicios de salud y para generar sinergias, impulsar el talento y la empleabilidad y fortalecer las estructuras de gobernanza que agregan las capacidades científico-técnicas de los centros asistenciales del SNS; impacto; plan de difusión y de transferencia de tecnología y de resultados; adecuación de la propuesta a la AES y a los objetivos y prioridades establecidos en las diferentes actuaciones y complementariedad de la misma con otras actuaciones de I+D+I nacionales, internacionales o autonómicas.
Régimen de incompatibilidades:
Ver Artículo 84 de la Resolución de la convocatoria para conocer el régimen de incompatibilidades, tanto de los investigadores principales como de los restantes miembros del equipo de investigación, y que vendrá fijado por el número de proyectos en los que participan.