Tel. 91 704 2307
Plazo de presentación de solicitudes a través de la FIBHCSC: 26 de agosto.
Máximo: 1,5M€ para la mejora de una Unidad existente.
Ámbito: Nacionales
Tipo: Públicas
Área: Infraestructuras
El Instituto de Salud Carlos III lanza esta convocatoria, en el marco del PERTE para la Salud de Vanguardia, para la financiación de acciones dirigidas a la creación o consolidación de Unidades de Investigación Clínica en España (UiC).
En el marco de esta convocatoria se entenderán como Unidades de Investigación Clínica aquellas estructuras pertenecientes a centros sanitarios, como hospitales o centros de atención primaria y que pueden formar parte de Institutos de Investigación Sanitaria, dedicadas a apoyar el desarrollo de ensayos clínicos con una orientación a las necesidades de las personas que participan en ellos.
Con estas nuevas ayudas se pretende incorpora un nuevo elemento a la vertebración de las capacidades de investigación e innovación en el Sistema Nacional de Salud (SNS), con criterios de equidad en el acceso de la ciudadanía a los recursos disponibles. Para ello, pone el foco en la adecuada cobertura de las necesidades de los pacientes que participan en ensayos clínicos y sus familias, con especial atención a colectivos vulnerables, avanzando en la humanización. Además, se dirige a reforzar la investigación clínica en zonas geográficas con menor desarrollo identificado en este ámbito, para promover el acceso a ensayos clínicos de la población en estas áreas.
En concreto, las Unidades de Investigación Clínica que puedan ser financiadas desde esta convocatoria del ISCIII deberán incorporar entornos con diseños estructurales y organizativos enfocados en las necesidades de familias y pacientes, con especial atención a colectivos vulnerables, permitiendo una interacción continua entre ellos y las personas involucradas en el desarrollo de la investigación clínica.
La convocatoria establece dos modalidades:
Para asegurar un impacto suficiente de las actuaciones, las propuestas deberán demostrar que su área de influencia reúne un mínimo de 250.000 habitantes, pudiendo incluir varias Comunidades Autónomas o provincias limítrofes.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas entidades e instituciones sanitarias PÚBLICAS con ACTIVIDAD CLÍNICO ASISTENCIAL (Hospitales, Centros de AP y otros centros asistenciales con licencia de actividad sanitaria expedida por la autoridad competente).
Se aceptará una única solicitud por entidad solicitante.
En la modalidad de CREACIÓN de nuevas UiC, no podrán participar aquellos centros que hayan sido beneficiarios de un proyecto concedido por la plataforma SCREN del ISCIII en el año 2020 o 2023.
La evaluación de las propuestas presentadas en la modalidad «Mejora de una Unidad de Investigación Clínica previamente existente» se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes criterios:
A. Valoración de la entidad solicitante: hasta 30 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 20 puntos. En caso contrario la solicitud será valorada con cero puntos de forma global.
Se valorará: Capacidad del centro para el desarrollo de las actividades propuestas en la memoria de solicitud a través del análisis de la aportación por parte de la entidad solicitante de recursos humanos, equipamientos y espacios disponibles en la unidad a fecha de la solicitud y desarrollo en los años previos, incluyendo experiencia de la persona investigadora responsable en la gestión de recursos dedicados a la investigación clínica, y en dirección de unidades de este tipo. Compromiso del equipo directivo del centro y su respectiva Comunidad Autónoma con el desarrollo del proyecto. Esta capacidad será valorada también desde la perspectiva de la trayectoria para la resolución de las diferentes limitaciones asociadas a la dispersión geográfica de las potenciales personas usuarias de la instalación y el volumen asistencial total que se agrupa en torno a la misma. Trayectoria del centro en investigación clínica con fármacos y dispositivos médicos dentro del marco regulatorio de la AEMPS/EMA en ensayos clínicos de diferentes fases.
B. Valoración de la propuesta científico-técnica: hasta 70 puntos.
Se valorará:
1.º Viabilidad: plan de actuación, incluyendo el plan de viabilidad y sostenibilidad con proyección a 31 de diciembre de 2027. Cronograma de implantación de las acciones de mejora planteadas, con previsión hasta final de ejecución de la ayuda, el 31 de diciembre de 2025. Disponibilidad de espacios en la unidad y grado de modificación prevista de los mismos; existencia de planes de contingencia que permitan hacer frente a los riesgos de inejecución de las acciones de mejora. Población de influencia de la UiC actual y previsión de incremento, en su caso, detallando el método de estimación. Detalle de las acciones de implementación de sistemas de telemedicina que permitan la descentralización de actividades de investigación clínica, cronograma de desarrollo o adquisición y su interoperabilidad diferenciada con los sistemas de información propios de la actividad asistencial. Hasta 25 puntos.
Una puntuación inferior a 20 puntos en este apartado supondrá la desestimación de la solicitud.
2.º Oportunidad, relevancia e interés de la propuesta: adecuación de las actividades incluidas dentro de la propuesta a la convocatoria; dimensionamiento de la dispersión geográfica de la población a la que se pretende dar servicio desde la UiC así como las limitaciones de acceso a la investigación que se pretenden resolver con el despliegue de esta actuación; necesidades de los pacientes y sus familias que no se encuentran atendidas de forma adecuada en la actual UiC y que podrían abordarse a través de esta acción, así como el mecanismo de identificación de estas necesidades; conexión de la propuesta con otras actividades y capacidades disponibles en el entorno que permitirían aumentar el empleo científico de calidad, la atracción y retención del talento investigador así como el mecanismo de coordinación con la actividad asistencial que permita el uso adecuado de recursos. Adecuación de la justificación de la necesidad de la tecnología y servicios a incorporar dentro de la UiC en, al menos, uno de los siguientes ámbitos: sala de tratamientos, telemedicina, imagen médica, farmacia y/o adecuación de espacios para las personas usuarias y profesionales, incorporando, si la población diana así lo requiere, una especial atención a poblaciones vulnerables (niños, ancianos, personas con discapacidad, personas en riesgo de exclusión social u otros colectivos). Pertinencia del plan de formación propuesto y de la organización de la oficina de control de calidad. Hasta 25 puntos.
Una puntuación inferior a 20 puntos en este apartado supondrá la desestimación de la solicitud.
3.º Valoración del plan de interoperabilidad con otras infraestructuras. En particular, adecuación y mecanismos de integración de datos con actuaciones estratégicas de apoyo a la investigación del ISCIII y con programas orientados al uso secundario de la información clínica bajo la coordinación del ISCIII. Este plan incluirá un cronograma de ejecución de la interoperabilidad e indicadores dinámicos y cuantitativos de cumplimiento del mismo que se considerará como un compromiso en el caso de concesión de la subvención, sin perjuicio de la normativa aplicable a la ejecución de la propia subvención. Hasta 10 puntos.
Una puntuación inferior a 5 puntos en este apartado supondrá la desestimación de la solicitud.
4.º Perspectiva de género de la propuesta: análisis de la incorporación de esta perspectiva dentro de los procesos organizativos y de la propia actividad de la UiC. Hasta 5 puntos.
Una puntuación inferior a 2 puntos en este apartado supondrá la desestimación de la solicitud.
5.º Complementariedad de esta actuación con otras actuaciones disponibles en el centro, así como con otras actuaciones de I+D+I nacionales, internacionales y autonómicas. Hasta 5 puntos.