Tel. 91 704 2307
29 de septiembre de 2022. El plazo interno para presentar solicitudes a través de la FIBHCSC finaliza el 20 de septiembre
Máximo de 156.000€/proyecto.
Ámbito: Nacionales
Tipo: Públicas
Área: Proyectos de I+D+i
Entidad Financiadora: Ministerio de Cultura y Deporte
Concesión de ayudas para estimular a los equipos docentes universitarios y de investigación, para que desarrollen proyectos cuyo resultado sea la generación de recursos que permitan por un lado, asentar científicamente las premisas que en la actualidad se plantean sobre los beneficios que una práctica regular de ejercicio físico provoca en las personas, y por otra dotar a la población de recursos que permitan guiar de forma eficaz su participación en actividades físicas y deportivas. De esta forma, se pretende el fomento de una investigación multi e interdisciplinar, que sea capaz de movilizar conocimientos complementarios desde el campo de la ciencia y la tecnología, con la vocación de situarla a disposición de otros estudios ya existentes en el ámbito de la salud y/o en el inherente a la actividad física y deportiva.
Las áreas temáticas de los proyectos programados serán relativas a los siguientes temas:
Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones objeto de esta orden, las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+I.
d) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria y normas complementarias.
e) Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 4 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
f) Otros centros públicos de I+D+I, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+I como actividad principal.
g) Centros privados de I+D+I, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, la I+D+I como actividad principal.
a. Los proyectos financiados serán ejecutados por equipos de investigación dirigidos por uno/a Investigador/a Principal (IP).
b. Los/as IP y las personas que componen el equipo de investigación serán los principales responsables de los objetivos y tareas del proyecto.
c. El/la IP deberá cumplir los siguientes requisitos en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes:
Requisitos del equipo de investigación:
Requisitos del equipo de trabajo:
Documentación necesaria:
Presentación de solicitudes:
El formulario de solicitud, junto con el resto de documentación necesaria, deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes.